Espacios Especiales a Iluminar



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Espacios Especiales a Iluminar

Espacios Especiales a Iluminar

Un área clasificada es aquella donde se manejan polvos inflamables, aceites o quimicos que generan vapores inflamables, son espacios ventilados en algunos casos; como almacenes en exteriores o espacios cerrados como silos de harinas o granos. las instalaciones eléctricas son demandantes para evitar chispas por un corto circuito. Por ende un luminario para estos espacios es a prueba de explosión, es un equipo con un sello que contiene la chispa o explosión de una falla eléctrica dentro del mismo.

Los ambientes se clasifican de acuerdo a las propiedades de los vapores, líquidos, gases inflamables, polvos o fibras combustibles que puedan estar presentes. La NFPA (National Fire Protection Association) establece una clasificación basada en clases, divisiones y grupos.  Las normas aplicables para la clasificación de áreas se determinan según la posición geográfica: 

Normas que aplican en EE. UU. y Canadá: NEC (National Electrical Code). 

Normas que aplican en Europa y resto del mundo: CENELEC (European Committee for Electro Technical Standarization). IEC (International Electrotechnical Commission).

Clasificación de áreas NEC

Las CLASES definen la explosividad o combustibilidad de las sustancias presentes en la atmósfera. 

CLASE I: Los lugares donde hay presentes gases, vapores y líquidos inflamables. 

CLASE II: Los lugares con presencia de polvos inflamables. 

CLASE III: Los lugares que son peligrosos por la presencia de fibras o materiales volátiles fácilmente inflamables. 

Las DIVISIONES definen el grado de peligro dada la concentración de explosivos o sustancias combustibles en la atmósfera. 

DIVISIÓN 1: Elementos presentes de forma PERMANENTE o CONSTANTE en el ambiente. 

DIVISIÓN 2: Elementos presentes de forma TEMPORAL o MOMENTÁNEA en el ambiente. 

Los GRUPOS definen el rango de explosividad o combustibilidad de las sustancias presentes en la atmósfera. Atmósferas que contienen: 

GRUPO A: Acetileno. 

GRUPO B: Gases o vapores peligrosos, como óxido de propileno y butadieno; o sustancias con un porcentaje mayor de 30% en volumen. 

GRUPO C: Etil, éter etílico y etileno, acetaldehído, ciclopropano, y dimetilhidrazina asimétrica. 

GRUPO D: Acetona, amoniaco, benceno, gasolina, butano, etano, hexanos, metanos, petróleo, nafta, octano, pentanos, propileno, estireno, tolueno, xileno, etc. 

GRUPO E: Polvos metálicos, como aluminio, magnesio y sus aleaciones comerciales y otros metales de características semejantes. 

GRUPO F: Polvo de carbón mineral, de carbón vegetal o coque. 

GRUPO G: Harina, almidón, polvo de granos, madera, plásticos.

 

La división 1 representa las condiciones normales en las que líquidos, vapores o gases son más o menos recurrentes por razones operativas. 

La división 2 implica condiciones irregulares en las que una operación fuera de lo normal provoca la liberación de gases, líquidos o vapores. 

Por otra parte, tenemos la clasificación de áreas peligrosas por zonas (0, 1 y 2). Esto se aplica para los sitios con gases y vapores clase I. En la zona 0, estos elementos están presentes por largo tiempo, siendo esta la más comprometida. 

En la zona 1, las concentraciones inflamables son frecuentes debido al mantenimiento, reparaciones, fugas o fallas. En la zona 2, la presencia de gases o vapores no es habitual en condiciones normales.